Es de conocimiento general que la Soberanía Nacional radica en el pueblo, es decir, el poder supremo sobre el cual no existe otro poder, mismo que por su propia naturaleza es indivisible, nace de la voluntad de todos y cada uno de los ciudadanos que formamos los Estados Unidos Mexicanos, y al ser la nuestra, una República representativa, se ejerce a través de los poderes de la unión, a saber, ejecutivo, legislativo y judicial, por medio de personas físicas que se denominan servidores públicos, quienes representan dichos poderes en sus diferentes niveles, lo anterior por un principio de equilibrios, que evite los excesos que del propio poder constituido puedan surgir, pues como lo mencionaba Lord Acont, el poder corrompe y el poder absoluto corrompe absolutamente.
Sin embargo, al ser la Soberanía un solo poder supremo, que para su ejercicio de manera equilibrada se divide en 3, es lógico que exista una interacción natural entre los poderes, ejecutivos, legislativo y judicial, pues el Ejecutivo se encarga de la función administrativa del gobierno, el judicial de la función jurisdiccional y el legislativo, en su caso, tiene doble función: la de crear leyes que sustentan el estado de derecho, y el de representación, de la población en el caso de la Cámara de Diputados, y de los Estados como parte del pacto federal en la cámara de Senadores, y un claro ejemplo de ello lo podemos encontrar en la designación de los Ministros que conformarán la Suprema Corte de Justicia de la Nación, pues el artículo 96 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, señala que para el nombramiento de los Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el Presidente de la República someterá una terna a consideración del Senado, y la designación se hará por el voto de las dos terceras partes de los miembros del Senado presentes, en un plazo de treinta días. Si el Senado no resolviere, ocupará el cargo de Ministro la persona que, dentro de dicha terna designe el Presidente , y si el Senado rechace la totalidad de la terna propuesta, el Presidente de la República someterá una nueva, y si esta segunda terna fuera rechazada, ocupará el cargo la persona que dentro de dicha terna, designe el Presidente de la República, por lo que, constitucionalmente existe la Facultad del Presidente de la Estados Unidos Mexicanos de proponer candidatos a Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, e incluso, por omisión o segundo desechamiento del Senado, designarlo directamente de las ternas propuestas.
Sin embargo, si tenemos memoria a corto plazo, podremos recordar que incluso desde su campaña, Andrés Manuel López Obrador se ha caracterizado por la toma de decisiones autoritarias, y buscar mecanismos para garantizar tener el control del poder público, pues, ejerce la titularidad del Poder Ejecutivo Federal; es el líder moral del Legislativo, pues su partido, MORENA, cuenta con mayoría calificada en ambas cámaras, tanto de Diputados, como de Senadores, lo cual se logró gracias su carisma y al hartazgo social respecto a los demás partidos políticos, ejerciendo de facto así control sobre dos de los tres poderes de la unión, y ha realizado actos tendientes a tomar el control del poder Judicial, como en su caso lo fue la propuesta de la creación del Tribunal Constitucional de la Nación, lo cual implica, entre otras cosas, concentrar el Control Concentrado de Constitucionalidad en un solo Tribunal, quitándole así la facultad al poder judicial en lo general, ser el garante de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a la par que en su momento buscó debilitar la imagen del Poder Judicial Federal ante la opinión pública, a través del resentimiento y la envidia, argumentando que eran “Ministros del Viejo Régimen”, por lo que no se acoplaban a la “austeridad republicana”, y por eso ganaban demasiado por su función de impartir justicia, sin embargo, el mensaje que envía con su propuesta de terna para Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, es por una parte positivo, pues se trata de una terna integrada por mujeres, sin embargo, pareciera que se busca crear una corte a modo para un mayor control del poder público en lo general, pues se propone a la Doctora Loretta Ortiz Ahif, quien en el proceso de transición, fue designada directamente por Andrés Manuel López Obrador, como Coordinadora de los Foros por la Pacificación y Reconciliación Nacional, quien apenas el 17 de diciembre del año 2018 renunció a su militancia partidista por MORENA; así mismo, se propone a la Licenciada Cecilia Maya García, quien ha tenido una amplia militancia en MORENA, y en particular con Andrés Manuel López Obrador, pues bajo dichas siglas, ha sido tres veces candidata por la Gubernatura de Querétaro y una por el Senado, e inclusive se define a sí misma como “una mujer madura, preparada, con experiencia y comprometida con la sociedad y comprometida con el proyecto de nación de Andrés Manuel López Obrador, y la tercer designada es Yazmín Ezquivel Mossa, quien tuvo problemas para su ratificación como Magistrada del Tribunal Contencioso y Administrativo en el año 2015, por frenar un juicio de nulidad contra la construcción de la Supervía Poniente, en la que participó su esposo, José María Riobóo, quien era el proyectista de los segundos pisos en el entonces gobierno de Andrés Manuel López Obrador, siendo que José María Riobóo es fundador de “Grupo Riobóo”, que estuvo involucrado en el tema del Aeropuerto de “Santa Lucía”, por lo que la terna de candidatas a la Suprema Corte de Justicia de la Nación,obedece mas a la necesidades de ejercicio de poder de Andrés Manuel López Obrador, que a la impartición de justicia en la nación de manera imparcial y objetiva.
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