Por unanimidad, el pleno del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO)declaró existente la violencia política en razón de género, cometida por el presidente municipal de San Juan Guelavía en contra de una regidora de dicho ayuntamiento.
En la resolución del Juicio de la Ciudadanía, identificado con la clave JDCI/73/2023, el Órgano Jurisdiccional local señaló que, en el estudio de dicho asunto, resultó evidente que los actos realizados por el presidente, llevaron implícito el ánimo de invisibilizar a la actora.
Lo anterior, al quedar demostrado que se refirió a ella con expresiones denigrantes, además, se advirtió una asimetría de poder que trastoca la dignidad humana de la concejal.
Estas acciones, agregó, se enmarcan en los cinco elementos del Protocolo para Atender la Violencia Política Contra las Mujeres, declaró el TEEO.
Y en consecuencia, el Tribunal local dictó medidas de reparación a favor de la regidora, en las cuales vinculó a la Secretaría de las Mujeres de Oaxaca, a fin de que implemente un taller o curso integral de capacitación y sensibilización en temas de violencia política en razón de género, a los integrantes del ayuntamiento de San Juan Guelavía.
La violencia política por razones de género es aquella que se traduce en obstaculizar el acceso de las mujeres para ocupar cargos de toma de decisiones en el ámbito público y/o a intimidar a las personas para evitar que eligen a una mujer como su representante, de acuerdo con el Protocolo para Atender la Violencia Política Contra las Mujeres.
La violencia política contra las mujeres comprende todas aquellas acciones y omisiones —incluida la tolerancia— que, basadas en elementos de género y dadas en el marco del ejercicio de derechos político-electorales, tengan por objeto o resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce y/o ejercicio de los derechos políticos o de las prerrogativas inherentes a un cargo público.
De igual manera, incluye el ámbito público y el privado, aunado a que la violencia puede ser simbólica, verbal, patrimonial, económica, psicológica, física y sexual y puede efectuarse a través de cualquier medio de información.