Esta medida surge tras la publicación de un decreto en la Gaceta Oficial de la capital, que actualizó la Ley de Protección y Bienestar de los Animales. Además de registrar a tus animales de compañía en el Registro Único de Animales de Compañía (RUAC), también adquieres otras responsabilidades. Aquí te contamos cuáles son:
- Participación en campañas de salud animal: El CURP para mascotas será solicitado para comprobar los datos de identificación del animal y de su tutor en campañas de vacunación, antirrábicas, sanitarias, desparasitación y esterilización, así como en el manejo y la erradicación de enfermedades zoonóticas.
- Uso permanente de collar o pechera: Los dueños deben asegurarse de que sus mascotas, ya sean michis, lomitos u otros animales que puedan usar collar o pechera, las lleven de forma permanente, según lo establecido en el artículo 30 Bis de la Ley de Protección y Bienestar de los Animales.
- Identificación del animal: Es obligatorio que el animal tenga bordado, grabado o en una placa de identificación los siguientes datos: nombre del animal, el CURP para mascotas y los datos de contacto de la persona tutora responsable.
- Recuperación de mascotas extraviadas: En caso de extravío, si una mascota es recuperada por las autoridades capitalinas, su dueño o dueña podrá reclamarla en los Centros de Atención Canina y Felina o en las Clínicas Veterinarias a cargo de cada alcaldía.
Estas obligaciones buscan no solo garantizar la identificación y bienestar de las mascotas, sino también promover su salud y prevenir la propagación de enfermedades.