Con 50 casos acumulados en lo que va del año, Oaxaca superó las 42 atenciones en unidades de salud por efectos de calor y de la luz reportadas en 2023 en el mismo periodo, la mayoría en hombres que en mujeres.
De acuerdo a la Secretaría de Salud federal, el efecto del calor y de la luz, que puede ser un golpe de calor, calambres, agotamiento o insolación, es un cuadro médico grave que pone en peligro la vida y que se produce cuando la temperatura corporal se eleva por encima de los 39.4 a 41 grados centígrados, derivado de las altas temperaturas ambientales, actividad física vigorosa o por otras condiciones.
Del total de casos por efecto de calor y de la luz en Oaxaca, 27 han sido en hombres y 23 en mujeres, posicionando a la entidad en el tercer lugar de los estados con la mayor incidencia, apenas por debajo de Tabasco con 74 y el Estado de México con 71.
La Secretaría de Salud federal expuso que en esta temporada aumentan los riesgos para la salud, así como los efectos asociados a la exposición a temperaturas ambientales extremas como golpe de calor, insolación, lesiones dérmicas y enfermedades diarreicas agudas.
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Ante ello, la importancia de reforzar las acciones de vigilancia epidemiológica y atención médica de la población que presente trastornos a la salud por estas causas, por los cuales se garantiza el abasto de medicamentos e insumos en todas las unidades de salud.
La dependencia estatal recomienda a la población ingerir más líquidos de los que acostumbra, no esperar hasta tener sed para beber líquidos y evitar bebidas con cafeína, azucarados o bebidas alcohólicas, ya que éstos le hacen perder más líquidos corporales.
También consumir agua hervida o desinfectada (agregar dos gotas de cloro por cada litro de agua o una gota de plata coloidal por cada dos litros y dejar reposar durante 30 minutos antes de ingerir); vestir ropa ligera, de colores claros, usar sombrero o sombrilla para protegerse del sol.
También evitar exponerse al sol durante las horas de mayor radiación (entre las 11:00 y las 15:00 horas.), y llevar a cabo las actividades laborales al aire libre, las ceremonias cívicas y las actividades deportivas antes de las 11:00 horas.