A menos de una semana para las elecciones concurrentes, la Sala Regional Xalapa del TEPJF revocó el registro de la candidatura de Pablo Alberto Ramírez Puga Domínguez por Movimiento Ciudadano (MC) para la presidencia municipal de la ciudad de Oaxaca, por no separarse del cargo de regidor en tiempo y forma.
Tras el análisis, los magistrados revocaron la sentencia emitida por el Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) en el recurso de apelación local RA/34/2024, que confirmó el acuerdo IEEPCO-CG-79/2024 del Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (IEEPCO).
Y en específico, la aprobación del registro de la candidatura a presidente municipal del ayuntamiento de Oaxaca de Juárez, postulado por el partido político Movimiento Ciudadano (MC) para el proceso electoral 2024.
El TEPJF afirmó que el TEEO no realizó un estudio completo sobre la controversia planteada.
Por tanto, determinó fundado el agravio expuesto por el Partido Revolucionario Institucional (PRI), debido a que el IEEPCO no fue exhaustivo al analizar y revisar el cumplimiento del requisito de elegibilidad con que debía cumplir la persona registrada a la candidatura de MC.
Lo anterior, respecto a la obligación de separarse del cargo público de regidor del citado ayuntamiento, 70 días naturales antes de la fecha de la elección.
Añadieron que al revisar las constancias aportadas, se concluyó que, efectivamente, MC incumplió con la obligación de acreditar que el ciudadano que postuló se separase del cargo público con la temporalidad exigida por la ley, por lo que, se determinó que es inelegible para contender.
En consecuencia, revocó el acuerdo IEEEPCO-CG-79/2024 del IEEPCO, en lo relativo a la aprobación de la candidatura controvertida y se le pide al Movimiento Ciudadano presentar una nueva postulación al cargo de presidente municipal.
La Sala Regional Xalapa del TEPJF revocó la sentencia dictada por el Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) en el expediente JDC/185/2024 que, a su vez, revocó el acuerdo IEEPCO-CG-71/2024 del Instituto Electoral Estatal (IEEPCO) que aprobó el registro de las candidaturas, propietario y suplente, de la fórmula 4 a la diputación local por el principio de representación proporcional (RP), postulada a través de la acción afirmativa de discapacidad permanente por el Partido Verde Ecologista de México (PVEM).