La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) ha lanzado una guía detallada en la Revista del Consumidor sobre cómo los usuarios pueden cancelar contratos de plazos forzosos sin enfrentar penalizaciones. Esta guía es especialmente relevante para los servicios de telecomunicaciones, como los planes de teléfono celular, y ofrece instrucciones claras para quienes deseen terminar sus servicios antes de tiempo bajo ciertas condiciones.
La Profeco aclara que, aunque se tenga un contrato de plazo forzoso, los consumidores pueden cancelarlo anticipadamente. Para realizar esta cancelación, el primer paso es notificar al proveedor del servicio. Esto puede hacerse a través del medio originalmente utilizado para contratar el servicio o cualquier otro medio alternativo.
Es crucial que, al momento de la cancelación, el consumidor no tenga deudas pendientes con el proveedor. Si existen adeudos, el consumidor deberá asumir las penas convencionales especificadas en el contrato, las cuales no deben exceder el 20% del total restante del servicio contratado. Además, si el equipo asociado al servicio fue adquirido a plazos, el consumidor tiene la obligación de pagar el balance restante o devolver el equipo, según lo estipule el contrato. Una vez completados estos requisitos, el proveedor debe entregar un folio de cancelación y abstenerse de realizar cualquier cobro adicional.
Para los usuarios de servicios prepago, el proceso de cancelación es similar. Deben comunicarse con su proveedor para informar sobre la cancelación. Si el contrato incluye la devolución de algún equipo, esto también deberá gestionarse según lo acordado. Igualmente, se proporcionará un folio de cancelación y no se deberá efectuar ningún cobro adicional.
La guía de la Profeco también especifica las condiciones bajo las cuales los consumidores pueden cancelar sus contratos sin enfrentar ninguna penalización. Estas condiciones incluyen: incumplimiento por parte del proveedor, la falta de instalación del servicio en el plazo acordado, modificaciones unilaterales al contrato sin consentimiento previo y al término del contrato de plazo forzoso. En casos donde aún exista un balance pendiente por equipo proporcionado, este deberá ser liquidado o devuelto conforme a lo acordado en el contrato.