Este domingo 2 de junio se llevará a cabo una jornada electoral en todo el territorio nacional para elegir, entre otros cargos, a la nueva o nuevo presidente de la República Mexicana para el próximo sexenio. Debido a la importancia de este evento, la fecha es considerada en la Ley Federal del Trabajo como un día de descanso obligatorio.
Derechos Laborales para el 2 de Junio
El artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo establece que el 2 de junio es un día de descanso obligatorio, en consonancia con las leyes federales y locales electorales que determinan los días de elecciones ordinarias.
Pago Extraordinario para los Trabajadores
Para aquellos que deban trabajar este día, la Ley Federal del Trabajo especifica que, además de su salario normal, deben recibir un salario doble por el servicio prestado, resultando en un pago triple al finalizar la jornada. Esto está establecido para garantizar una compensación justa por trabajar en un día de descanso obligatorio.
Prima Dominical
Dado que el 2 de junio cae en domingo, los empleadores también deben pagar la prima dominical, la cual es al menos del 25% del salario de un día ordinario de trabajo, conforme al artículo 71 de la Ley Federal del Trabajo.
Permiso para Votar
Los empleadores están obligados a otorgar tiempo a sus trabajadores para que puedan acudir a las casillas y ejercer su derecho al voto.
Próximos Días Feriados en 2024
Además del 2 de junio, el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo contempla los siguientes días de descanso obligatorio para el resto del año:
16 de septiembre: Aniversario de la Independencia de México
El tercer lunes de noviembre: Aniversario de la Revolución Mexicana
1 de octubre: Transmisión del Poder Ejecutivo Federal
25 de diciembre: Navidad
Denuncias de Irregularidades
Cualquier irregularidad en materia laboral puede ser denunciada ante la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET). Están disponibles los números 800 911 7877 y 800 717 2942, el correo electrónico