La ley antichatarra no se aplica, no ha generado sanciones y por la falta de leyes secundarias sigue siendo letra muerta.
En los establecimientos comerciales, niños y niñas pueden comprar cualquier producto sin que se les niegue, tampoco se instruye a los padres y madres de familia que está limitada la compra.
La reforma al artículo 20 Bis a la Ley de los Derechos de Niñas Niños y Adolescentes del Estado de Oaxaca que prohíbe la venta, distribución y regalo de bebidas azucaradas y alimentos envasados de alto contenido calórico a menores de edad entró en vigor el 5 de septiembre.
Para Leticia García, propietaria de una tienda de abarrotes, la ley no existe porque desconoce de sus alcances y de lo que establece.
“En los pueblos, la gente suele mandar al niño o a la niña por el refresco, por las sabritas o alguna botana y no pasa nada, porque no es un delito”, expresó otro comerciante.
El 5 de agosto de este año, la LXIV Legislatura del Congreso local aprobó, por mayoría, adicionar esta reforma que fue impulsada por la diputada morenista Magaly López Domínguez y que ha ocasionado diversas manifestaciones de inconformidad del sector empresarial.
La justificante de la ley es que pretende reducir enfermedades crónico-degenerativas que han causado la muerte de miles de personas por enfermedades como diabetes e hipertensión.
La conocida como ley antichatarra no puede entrar en vigor porque no tiene leyes secundarias para que se puedan aplicar, dijo el presidente de la Cámara Nacional de Comercio en Pequeño (Canacope), Salvador López López.
Dijo que no están en contra de la eliminación de formas de malnutrición de niñas, niños y adolescentes, pero que se requieren los “dientes” de la ley, como es la normatividad.
“Por el momento, los comerciantes están indagando con los promotores de las grandes empresas sobre las alternativas de producción para evitar los productos azucarados y los envases de plástico”, mencionó.
Hasta el momento, los establecimientos siguen vendiendo a niños productos altos azúcares, sodio y calorías como si no existiera la ley.
La ley establece que la aplicación, vigilancia y cumplimiento de esta disposición estará a cargo de la Secretaría de Salud del estado, que podrá coordinarse con las autoridades o instancias correspondientes.
La reforma deja exentas de estas prohibiciones a madres, padres o tutores legales quedando bajo su responsabilidad el consumo de estos productos para los menores de edad.