Organismos de la sociedad civil rechazaron la cada vez más cercana posibilidad de que se eliminen a los órganos autónomos, dado que dicha decisión que marca un grave retroceso en los controles y contrapesos democráticos, y pone en riesgo la protección efectiva de los derechos humanos en México.
El pasado sábado la Cámara de Diputados federal aprobó el dictamen de la iniciativa presidencial que elimina varios órganos constitucionales autónomos, incluyendo al INAI.
Para organizaciones como Fundar y Artículo 19, la acelerada aprobación de dicho dictamen, sin un análisis exhaustivo y diálogo efectivo, compromete décadas de avances en transparencia, acceso a la información y rendición de cuentas impulsadas por la sociedad para sacar de la opacidad el quehacer gubernamental.
Dio a conocer que, con la desaparición del INAI, entre otros organismos, implica que sus funciones serán trasladadas a dependencias gubernamentales, contraviniendo la autonomía que estos órganos han garantizado, ante las renuencias de las autoridades de entregar información.
Por lo que exigen a la próxima legislatura federal no aprobar el dictamen y a todos los actores políticos que actúen con responsabilidad y pongan en el centro la protección de los derechos fundamentales de la sociedad.
La transparencia y la rendición de cuentas no deben ser sacrificadas en nombre de intereses políticos, lanzaron.
Indicaron que “lo que ya no vamos a saber será mucho más que información reservada, sin transparencia no sabremos qué hace el gobierno”.
Se extinguirán
Con la reforma se extinguen el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece), el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), y el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (Coneval), la Comisión Nacional de Hidrocarburos (CNH), la Comisión Reguladora de Energía (CRE) y el Sistema Nacional de Mejora Continua de la Educación.
En Oaxaca SCJN da enésimo revés a diputados
La víspera, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó el artículo Cuarto transitorio del decreto de reforma a la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno del Estado de Oaxaca.
Mismo que preveía, entre otros aspectos, que el Congreso local designaría a las y los comisionados integrantes del nuevo Órgano Garante de Acceso a la Información Pública, Transparencia, Protección de Datos Personales y Buen Gobierno.
De donde, la SCJN reiteró el criterio sostenido al resolver la acción de inconstitucionalidad 127/2020, en la cual se determinó que los nombramientos de los comisionados que hubieran sido emitidos cuando un instituto garante local ya contara con la naturaleza de órgano constitucional autónomo, debían ser respetados porque con ello se garantiza la independencia y autonomía que reviste a estos órganos.
Los ministros consideraron que al facultar al Congreso local para nombrar nuevos comisionados y, por ello, al implicar la remoción de los comisionados que se encontraban en funciones al momento de publicarse la ley impugnada, se generaba una intromisión indebida en la integración del instituto de transparencia local, motivos por los cuales, el Pleno determinó su inconstitucionalidad.
La Corte resolvió las acciones de inconstitucionalidad 143/2021 y su acumulada 144/2021, promovidas por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales y el Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Oaxaca.
Lo anterior luego de solicitar la invalidez de diversas disposiciones de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno del mencionado Estado, publicada en el Periódico Oficial de esa entidad el 4 de septiembre de 2021.