Se incrementa la inquietud ante el anuncio oficial de que la Reforma Constitucional Judicial será aprobada antes de que el presidente López Obrador concluya su encargo con el apoyo que, sin limitación alguna, le da la presidenta Electa Claudia Sheinbaum, tema que se fortalece con el nombramiento del ex presidente de la Suprema Corte Arturo Saldívar como miembro del futuro gabinete quien tiene la instrucción de desmantelarla, para integrarla con ministros, magistrados y jueces federales, vinculados al poder,
La preocupación de organismos internacionales se revela en la carta que difunde de Margaret Satterthwaite Relatora Especial de las Naciones Unidas conforme con la resolución del Consejo de Derechos Humanos sobre la independencia de los magistrados y abogados fechada el 29 de julio pasado, en la que se resaltan las inquietudes respecto de las normas que considera atentan contra la independencia judicial que conlleva la iniciativa.
Se expone con precisión en el documento que… “considero que podrían socavar la independencia de la judicatura mexicana, en particular de las cortes federales de los Estados Unidos Mexicanos en caso de ser promulgadas sin modificaciones sustanciales. Las propuestas incluyen medidas que podrían, entre otros aspectos, disponer la elección popular de todos los jueces y la eliminación del Consejo de la Judicatura Federal (CJF), sin contar con procedimientos para regular las actuaciones durante la campaña. La reforma propone reasignar las funciones administrativas y disciplinarias del CJF aun órgano de administración judicial y un Tribunal de Disciplina Judicial, los cuales serán electos por voto popular. Adicionalmente, las reformas proponen reducir de once a nueve el número de ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, acortando su período, eliminando sus haberes de retiro y requiriendo emitir todas sus resoluciones exclusivamente a través del Pleno.”
“Recordando que uno de los propósitos de un poder judicial independiente es proteger los derechos humanos y ser un contrapeso al poder que podría amenazar tales derechos, tengo varios comentarios acerca de la compatibilidad de las propuestas con las obligaciones de derecho internacional de los derechos humanos que vinculan a México.”
“Me encuentro especialmente preocupada por el contexto en el que se están llevando a cabo estas propuestas de reforma, dada la alegada intimidación de jueces y los reportes de interferencias en la independencia judicial a través de a través de ataques verbales, que incluyen amenazas, por parte de los poderes ejecutivo y Legislativo en contra de ciertos jueces, en las cuales se ha expresado desacuerdo con las decisiones adoptadas por dichos jueces”.
“Las iniciativas propuestas podrían impactar directamente en el funcionamiento de la judicatura al someter el mecanismo de selección de jueces a un procedimiento en el cual las consideraciones políticas podrían fácilmente superponerse a los méritos objetivos de un candidato. Estas preocupaciones se intensificarían en el contexto de desconfianza que podría existir alrededor de los procesos de selección judicial que se llevan a cabo en medio de alegaciones sobre corrupción, tráfico de influencias y falta de mecanismos efectivos para la participación de la sociedad civil”.
“Las reformas propuestas no especifican los criterios aplicables a la selección de candidatos por cada rama de gobierno. Tampoco incluyen disposiciones relacionadas con el umbral de votos necesario para garantizar la legitimidad de las elecciones. Además, las modificaciones propuestas carecen de un mecanismo transparente, independiente y accesible que permita a una autoridad independiente verificar si los candidatos cumplen con los requisitos de formación, aptitud e integridad”.
El documento reitera lo que se ha venido señalando por académicos, ministros, jueces, abogados litigantes, con la visión del entorno internacional de los tratados suscritos por México como los que contemplan los Principios básicos relativos a la independencia de la judicatura adoptados por el Séptimo Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente, celebrado en Milán del 26 de agosto al 6 de septiembre de 1985, y confirmados por la Asamblea General en sus resoluciones 40/32 de 29 de noviembre 1985 y40/146 of 13 diciembre 1985, Principio 1 (en lo sucesivo “Principios básicos relativos a la independencia de la judicatura”).
El documento pormenoriza los lineamientos constitucionales de la iniciativa que socavan severamente la independencia judicial sobre todo en el procedimiento de elección de los juzgadores mediante el sufragio que se propone sustituya el de designación que hoy está vigente, como herramienta que desarticula la función esencial encomendada al Poder Judicial Federal y sus tribunales que tendría los mismos efectos y consecuencias negativas en los poderes judiciales, como lo es su calidad de poder encargado de velar por la Constitucionalidad, legalidad de los actos de la autoridad y la garantía y protección de los derechos humanos.
De acuerdo con ello, se advierte que la decisión política prevalece en la iniciativa sobre la funciona constitucional del Poder Judicial de la Federación que busca desarmonizar la división del ejercicio del poder del Sistema Federal Republicano Mexicano para ubicarlo, en este rubro, en la antidemocracia judicial que conlleva al abuso del poder que traslada, la iniciativa de reforma, a los poderes ejecutivos y legislativos.
Los derechos a la libertad, seguridad, salud y educación de los mexicanos han sido comprados por el poder presidencial mediante la migaja que entrega a adultos mayores y jóvenes de escuelas públicas de nuestro propio dinero, los impuestos, hoy como en el pasado de la conquista la dominante regala espejos por oro.
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